Sube sentencia de 9 a 15 años a La Manada
El Supremo de España ante la presión del feminismo subió la sentencia de 9 a 15 años a 5 jóvenes que violaron a joven
Este caso conocido a nivel internacional como el “Caso de la Manada” despertó enojo
El Tribunal Supremo español en su sentencia, considera que los miembros de La Manada actuaron «con pleno conocimiento» de que lo que estaban haciendo atentaba contra la libertad sexual de la víctima, «sin que en ningún momento esta prestara su consentimiento, y sin que fuera necesaria una actitud heroica de la misma para que los acusados tuvieran conocimiento de su negativa». La Sala de lo Penal ha notificado la sentencia con los argumentos completos que le llevaron, a condenar a 15 años de cárcel a los cinco amigos que en los Sanfermines de 2016 agredieron a una joven en un portal de Pamplona.
Los magistrados explican por qué el caso tiene que ser considerado una agresión sexual múltiple y no un abuso, como habían entendido la Audiencia Provincial de Pamplona y el Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad. El tribunal considera que los cinco acusados sabían a lo que iban, pero la víctima, no, y la atacaron «conociendo que estaba sola y embriagada».
La joven, recuerda el Supremo, había sido llevada por los agresores a un lugar «recóndito, buscado a propósito», y se encontraba «agobiada, impresionada, sin capacidad de reacción, sintiendo en todo momento un intenso agobio y desasosiego que le produjo estupor, haciendo todo lo que los acusados le decían que hiciera». La sentencia describe cómo la agredieron hasta en 10 ocasiones en 1 minuto y 38 segundos, tiempo que suman los siete vídeos grabados por los acusados, aunque los hechos tuvieron una duración total de 15 a 20 minutos, según recoge la sentencia.
QUIENES SON LOS 5 MIEMBROS DE LA MANADA CONDENaDOS A 15 AÑOS DE PRISIÓN
José Ángel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel Boza, Antonio Manuel Guerrero y Jesús Escudero están en prisión desde el pasado 21 de junio, cuando el fallo del Supremo revocó lo sentenciado con anterioridad por los tribunales navarros. Ambas instancias habían entendido que se trataba de abusos, puesto que no concurría intimidación ni violencia en lo sucedido, por lo cual la condena a la Manada era solo de 9 años.
La clave para considerar que el ataque no fue un abuso sexual sino una violación múltiple es que los acusados no solo se aprovecharon de su superioridad sobre la víctima, sino que la intimidaron para conseguir su objetivo de agredirla sin que la joven pudiera oponerse.
A constatar esta situación dedica el Supremo buena parte de sus argumentos. Los magistrados consideran que los acusados “buscaron expresamente la situación, sin que la víctima tuviera conocimiento alguno, desde el momento mismo en que conocieron que la joven estaba sola y que no encontraba a sus amigos”.
La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Susana Polo, insiste en que la joven sintió “un intenso agobio y desasosiego, que le produjo estupor y le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad, determinándole a hacer lo que los procesados le decían que hiciera, manteniendo la mayor parte del tiempo los ojos cerrados”.
Los autores, según el tribunal, “necesariamente” debían conocer no solo “el peligro concreto” de su acción sino que aquellos actos sexuales “no eran expresamente consentidos por la joven”. A los acusados les resultaba “indiferente» que la víctima estuviera «totalmente desprotegida y vulnerable” y se «aprovecharon» de estas circunstancias para atacarle.
El Supremo cree que no hay nada que pueda hacer creíble la versión alegada por la defensa de los acusados de que lo ocurrido no fue una violación sino una «juerga» colectiva en la que la joven participó por iniciativa propia. El modo en que los acusados abandonaron el portal, dejando a la víctima desnuda, sola y sin teléfono móvil, «difícilmente» encajan en una «juerga pactada con ella», advierten los magistrados, que consideran que, en este contexto, el silencio de la víctima, solo se puede interpretar como una negativa.
Los hechos ocurrieron en un portal de la capital navarra el 6 de julio de 2016 -la sentencia se da a conocer justo un día antes del tercer aniversario-, cuando los cinco hombres acorralaron a la chica y la violaron repetidas veces en un espacio angosto en el que la introdujeron, colándose en un portal.
ANTONIO MANUEL GUERRERO UNO DE LA MANADA POR SU ACTUACIÓN AGRESIVA FUE CONDENADO A 2 AÑOS MÁS O SEA EN TOTAL 17.
También se quedaron con su móvil, por lo que el Supremo condena a Antonio Manuel Guerrero a dos años más de prisión.
El Supremo califica como “terrible” el relato de hechos dados por probados en la sentencia de la Audiencia de Navarra. El alto tribunal, al resolver un recurso de casación, no puede alterar ese relato, pero sí la calificación penal que cree que merecen. Y eso es lo ha hecho en este caso.
Los magistrados se basan en su propia jurisprudencia para sostener que la intimidación empleada en el delito de violación no ha de ser de tal grado “que presente caracteres irresistibles, invencibles o de gravedad inusitada, sino que basta que sean suficientes y eficaces en la ocasión concreta para alcanzar el fin propuesto del yacimiento, paralizando o inhibiendo la voluntad de resistencia de la víctima”.
Si los agresores ejercen “una intimidación clara y suficiente”, la resistencia de la víctima “es innecesaria” para demostrar que hubo violación, advierte la sentencia. En sintonía con lo que dijo la fiscal en la vista pública celebrada en el Supremo el pasado 21 de julio, el Supremo considera que no “es admisible forzar el derecho hasta extremos de exigir de las víctimas actitudes heroicas que inexorablemente las conducirán a sufrir males mayores”. En consecuencia, concluye el tribunal, la intimidación hizo que la víctima adoptara «una actitud de sometimiento, que no de consentimiento», que era conocida por los cinco condenados.
El Supremo ha aplicado dos agravantes que han elevado la pena de los acusados. El primero es el trato “degradante o vejatorio” que, recuerdan los magistrados, se da cuando la agresión no solo afecta a la libertad sexual de la víctima sino también a su dignidad como persona. En este caso, los hechos, unidos a la forma de actuar de La Manada, que dejó a la joven “sola y desnuda en un habitáculo” de tres metros cuadrados, y sin teléfono móvil, supone “una capacidad para humillar y rebajar a la víctima, más allá de lo que cualquier agresión sexual por sí misma puede suponer”.
Los hechos descritos en la sentencia, según el Supremo, permiten apreciar que la víctima sufrió durante el tiempo que duró la agresión una situación en la que la violencia e intimidación no solo permitieron la agresión sexual en sí misma, sino que los acusados se excedieron y penetraron a la joven anal, vaginal y bucalmente hasta en diez ocasiones. Lo hicieron, además, a la vez que le estaban grabando y sacándole fotos, sin que la joven pudiera hacer nada para evitarlo, lo que supone «una clara denigración como mujer». El tribunal considera, además, que la actitud de los acusados merece especial reproche porque en las fotografías y vídeos posan «jactándose» de lo que hacen y presumiendo de su «triunfo».
En el fallo del pasado 21 de julio, el Supremo corrige a la Audiencia de Navarra por calificar lo sucedido como un único delito continuado. Según el alto tribunal, por la pluralidad de agresores y de «actos agresivos», lo correcto habría sido considerar a los acusados como autores y partícipes de «una pluralidad» de delitos de agresión sexual. Eso habría multiplicado las penas a los acusados, pero como ninguna de las partes impugnó esta situación, el Supremo no puede tenerla en cuenta.
El Alto Tribunal rechaza que la “presión mediática” haya afectado al fallo
FUNDAMENTACIÓN DEL ABOGADO DEFENSOR DE LA MANADA
El abogado de los condenados de La Manada fundamentó su recurso, entre otros motivos, en la “incuestionable presión mediática” del caso, que ha provocado decenas de manifestaciones de protesta y declaraciones de distintos cargos del Gobierno. Sin embargo, el Tribunal Supremo rechaza que este ambiente haya afectado al fallo: “No hay duda de que la causa se ha desarrollado tras un proceso con todas las garantías”, afirma en la sentencia, y considera que la ponderación de los hechos no tiene “relación de causalidad alguna con una supuesta manipulación mediática o conspiración política”.
El Alto Tribunal considera que basta leer la motivación de la sentencia para “tener la convicción de que el tribunal ha decidido sobre la base exclusiva de lo visto y oído en el juicio oral”. Y señala como prueba la discrepancia de criterios entre los magistrados, tanto en la Audiencia Provincial, donde hubo un voto particular que pedía la absolución, como en el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que contó con dos votos particulares.
“Que el fallo finalmente haya coincidido con un cierto estado previo de opinión resulta intrascendente cuando tal conclusión aparece como resultado natural, lógico y coherente con lo que sucedió en el debate del juicio”, dice el Supremo. La sentencia considera que esa “presión” es un “elemento normal en la actividad judicial
LA VÍCTIMA DE LA MANADA AGRADECE LA SOLIDARIDAD DEL PUEBLO NO SOLO ESPAÑOL
La víctima de La Manada: “Gracias por no haberme dejado sola”. La joven que sufrió una violación en grupo agradece en una carta enviada a un programa de televisión el apoyo recibido y llama a seguir denunciando las agresiones, en toda España y en el mundo. Por ahora no se conoce su nombre ya que se ha tratado de ocultar su identidad. Aunque se dice que en el futuro pdría aparecer para sumarse a esta lucha feminista, que en realidad fue la base para que se aumente la condena de prisión a la Manada, de 9 a 15 años.
CARTA DE LA MUJER VIOLADA AL CONOCER QUE LA MANADA FUE CONDENADA A 15 AÑOS DE CÁRCEL
«Buenos días. Tras casi tres años este proceso por fin se ha terminado. Ha sido largo, intenso, y sobre todo agotador. Lo peor no fue la situación vivida, sino todo lo que vino después. Pero llegado este momento, puedo asegurar que valió la pena y poco a poco voy recuperando el timón de mi vida.
Gracias a todas las personas que desde el primer momento se involucraron para ayudarme. No puedo haber sido más afortunada con la calidad de las personas que me han ayudado. Desde aquel juez de instrucción que nunca dudó de mí, hasta el abogado que me tocó aquel 7 de julio de 2016, pasando, sin duda alguna, por la fiscal, médicos, policías, psicólogos y la pareja que me encontró desnuda el día de mi violación. Son momentos en los que nadie sabe cómo actuar, pero vosotros lo hicisteis fácil.
Gracias también a Pamplona y a Navarra, que con todo su empeño han hecho más fácil que alguna vez pueda volver. Gracias de nuevo a aquellas primeras asociaciones y personas por llevar esto a la calle, formando un eco por todos los rincones de España. Gracias por no haberme dejado sola.
Os estaré eternamente agradecida, pero yo no soy ninguna heroína, la fuerza para continuar, muchas veces, me la ha dado todo el calor y el apoyo que he sentido en este camino.
No podemos olvidarnos que la lucha debe seguir y debemos ser el cambio que queremos en la sociedad, ya que esto le ha supuesto la vida a muchas compañeras. Recordad, contadlo, no les dejéis ganar a ellos».
Por Lic. Rudy Rivas Zambrano
Corresponsal de Ecuador News en Madrif
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