Audiencia preparatoria de juicio por la muerte de un policía y dos militares durante el 30-S se difiere para julio
Nueve militares en servicio pasivo y activo son procesados por el delito de asesinato ocurrido contra un policía y dos militares el 30 de septiembre del 2010.
A tres meses de que se cumplan once años de ocurridas las muertes del policía Froilán Jiménez y los militares Darwin Panchi y Jacinto Cortez, durante la revuelta policial del 30 de septiembre de 2010 o 30-S, la jueza penal de Pichincha Luz María Ortiz difirió una vez más la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio por el delito de asesinato que estaba planificada para este 7 de junio.
El 13 de julio próximo será la tercera fecha definida para dar inicio a esta diligencia, pues inicialmente la misma estuvo prevista para el 12 de abril pasado y luego para este 7 de junio.
La decisión fue tomada por la jueza Ortiz debido a que la fiscal del caso, Claudia Romero, solicitó nuevamente el diferimiento porque mantenía agendada otra audiencia y viene teniendo audiencias seguidas y extendidas desde abril en Guayaquil. “Humanamente no se puede estudiar y preparar cuatro audiencias tan fuertes y de conmoción”, explicó la fiscal.
La jueza Ortiz le advirtió en su providencia a la Fiscalía que esta es la última vez que se concede el diferimiento solicitado y que de no poder acudir a la audiencia la fiscal del caso, se oficiará a Gestión de Audiencia para que se lleve a cabo la diligencia.
Con esta nueva fecha, la audiencia se dará a más de nueve meses de que se abrió una instrucción fiscal inicialmente por el delito de homicidio contra los oficiales en servicio pasivo de las Fuerzas Armadas Luis Castro, Paúl Guzmán, Jorge Merino, Jorge Peña y Hegel Peñaherrera, pero que casi tres meses después la Fiscalía reformuló cargos y se cambió a investigar el delito de asesinato.
A los 90 días de instrucción fiscal se sumaron 30 días más de investigación, a finales de diciembre del 2020, pues se vinculó a los militares activos Fernando Castro, Marco Cano, Luis Orozco y Patricio Guadalupe. Para la reformulación de cargos, la fiscal Romero señaló que había encontrado nuevos elementos que hacían variar justificadamente la calificación jurídica de homicidio a asesinato.
En total, nueve personas son procesadas por supuestamente tener participación en las muertes del policía del Grupo de Intervención y Rescate (GIR), Froilán Jiménez; de Darwin Panchi, soldado del Ejército; y del cabo del Ejército Jacinto Cortez, fallecimientos ocurridos en los alrededores del hospital de la Policía Nacional, en el norte de Quito.
Para la defensa de la familia Jiménez, Edwin Romero, esta es la segunda vez que participará en una audiencia de evaluación y preparatoria de juicio por la muerte de Froilán Jiménez. La primera fue en mayo del 2019 y en la misma la jueza Ximena Rodríguez declaró nulo todo lo actuado en el proceso desde el 20 de septiembre de 2018, dejando en vigencia lo realizado en los primeros 15 días de la instrucción fiscal que se abrió solo por el asesinato de Jiménez.
“Vamos a ver si la Fiscalía en esta ocasión puede sostener el tipo penal por el cual han sido formulados cargos a la cúpula militar del 2010. Vamos a ver cuál es la fundamentación fáctica y jurídica de la Fiscalía General y a ver si nuevamente no revictimizan a las víctimas con una mala actuación fiscal como se ha dado en casos anteriores”, apuntó Romero, quien se ratifica en que por la muerte de Froilán Jiménez debe ser investigado también el expresidente Rafael Correa, porque considera que está en la parte alta de la cadena de mando de aquel 30 de septiembre.
El abogado dijo que las víctimas del 30-S necesitan ya una respuesta del Estado ecuatoriano y lo único que quieren es que los servidores públicos, fiscales y jueces realicen su trabajo con objetividad para que no salgan perjudicadas personas que han luchado por casi once años.
En un impulso de diciembre del 2020, Claudia Romero explicó sobre las muertes que la presunta ejecución extrajudicial, que sería una grave violación de derechos humanos, subsume al delito de asesinato, con las circunstancias de colocar a la víctima en situación de indefensión o aprovecharse de esta situación, buscar con dicho propósito la noche y utilizar medios capaces de causar grandes estragos.
La instrucción fiscal terminó con reparos de la fiscal Romero, debido a que no pudo acceder a tres anexos de la orden de operaciones emitida para sacar al entonces presidente Rafael Correa del hospital de la Policía, en Quito, lugar en el que se encontraba la noche del denominado 30-S. La información requerida se mantiene como reservada y no se ha desclasificado.
El 20 de enero último, Correa rindió versión dentro de esta causa y entre las preguntas que le hizo la Fiscalía estuvo si conoció información calificada por parte de Fuerzas Armadas como reservada respecto de la Operación Rescate del día 30 de septiembre de 2010. La respuesta fue que no recordaba haber leído un reporte oficial, pero aclaró que tuvieron muchas reuniones en que se les explicó.
“Hasta donde recuerdo, la tensión que había entre Fuerzas Armadas y la Fiscalía de ese entonces, que incluso se trató en el Cosepe y que yo doy la razón a las Fuerzas Armadas, es que la Fiscalía quería el nombre de todos los participantes en la operación de rescate, lo cual obviamente pone en peligro la integridad de nuestros soldados…”, señaló el expresidente en su versión.
Los oficiales en servicio pasivo procesados habrían cumplido varias funciones durante la denominada Operación Rescate, que estuvo a cargo de las Fuerzas Armadas la tarde y noche del 30-S, por ejemplo, Castro fue el director del operativo militar para sacar del hospital de la Policía al presidente Correa; Peña fue el director de Operaciones del Comando Conjunto de las FF. AA.; Peñaherrera fue el comandante de la Primera División Shyris; Guzmán fue el comandante del Grupo Especial GEO; y Merino el comandante del Grupo Especial de Comandos.
La defensa del general (s. p.) Peñaherrera, Paúl Ocaña, considera que Fiscalía en la etapa de instrucción fiscal no ha recabado elementos para demostrar ni siquiera el delito de asesinato y peor la participación de su cliente.
“Se está investigando por el delito de asesinato, cuando se desconoce el autor material o directo de los asesinatos. Si no se conoce el autor material, peor aún se podría determinar otras participaciones como coautoría o complicidad. Eso hace que no exista materialidad del delito”, manifestó el abogado.
Además, piensa Ocaña, si la juzgadora determinara que existe la materialidad del delito de asesinato y se pasara a comprobar el nexo causal que debe existir, él cree que como defensa del general han demostrado con prueba pericial, versiones y documentos que el oficial no se encontraba en la ciudad de Quito aquel 30 de septiembre de 2010 cuando ocurrieron los hechos investigados.
Independientemente de su posición como defensa, Ocaña dijo estar pensando ya en una audiencia de juzgamiento, pues hasta el momento la Fiscalía no ha dado a conocer de algún dictamen abstentivo. “Considero que existirá un dictamen acusatorio, lo cual será revelado el día que arranque la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio”.
Nota Original: El Universo – LINK
Fuente: El Universo
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