ORGANISMOS DE CONTROL DEBEN RESPETAR LEY DE CONTADORES
ORGANISMOS DE CONTROL DEBEN RESPETAR LEY DE CONTADORES
Tanto la Superintendencia de Compañías como el SRI. y demás organismos de control conocen a plenitud que existe una Ley de Contadores en este país, la cual no puede ser soslayada por una Norma, Resolución, Acuerdos o Disposiciones Transitorias.
Sobre el tema de la Contabilidad empresarial, deberá ser llevada bajo la responsabilidad y con la firma de un contador legalmente autorizado (registrado en colegio profesional.) Los documentos sustentatorios de la contabilidad deberán conservarse durante el plazo mínimo de siete años, donde el responsable es el Contador de la empresa. El Ministerio de educación autorizó en la educación media hasta 1974 otorgar el título de Contador Público, y desde 1975 otorgar el título de Contador Bachiller el cual se mantuvo hasta el año 2000. Han pasado más de 20 años y los contadores han visto lo difícil que es ingresar a las Escuelas de Contaduría de las universidades estatales del país desde 1977 hasta la fecha.
La Asociación de Auditores Externos del Ecuador nos hemos pronunciado con publicaciones en los diarios de la localidad, en ciertos momentos de incertidumbre que ha vivido el profesional Contable. Por cuanto mas del 75% de los contadores son bachilleres. La ley del Contador no debe reformarse. Debe ser respetada por sus 57 años de vigencia. No podemos desamparar a ese gran colectivo de contadores.
En el caso que se produzcan hechos fraudulentos con administradores y contadores, la Ley es muy severa, en los actuales momentos. En muchos de los casos, los representantes legales, accionistas y gerentes cometen un acto ilícito y el contador se entera luego de lo que sucedió. Hay delitos tributarios, por ejemplo, que el contador ni siquiera se ha enterado del mismo. Y es culpable solo por presunción. Esto no está bien.
Hasta 1974 los colegios emitían ese título y con eso se podía ejercer la profesión y firmar una contabilidad. Si las entidades de control no respetan la Ley de Contadores, Se estaría coartando el derecho de esas personas, que estaban ejerciendo su profesión de acuerdo a una normativa vigente. Qué pasa con las personas que tienen títulos de tecnología en contabilidad. Su título también es de tercer nivel, que se obtiene en dos años. En ese tiempo, es verdad que no se logra que la persona obtenga las competencias para asumir la responsabilidad de un Contador Público, pero si tienen el derecho a ejercer otras actividades contables en las empresas.
Como ya no es obligatorio colegiarse para ejercer la profesión, el número de miembros de los colegios del país, ha disminuido de tal manera que muchos de estos colegios, han cerrado su atención.
OPINIÓN
Econ. José Arrobo Reyes
Presidente de la Asociación de Auditores Externos del Ecuador
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