Permiso para el porte de armas
Ya se puede solicitar el permiso para el porte de armas: Así puedes obtenerlo
El pasado 3 de abril el presidente Lasso autorizó el la tenencia y porte de armas de uso civil para defensa personal
Luego de seis meses de que fue firmado el Decreto 707 por el presidente Lasso para el porte de armas de uso civil para defensa personal, el sistema informático para el ingreso de la solicitud ya se encuentra habilitado por lo que ya podrá solicitar el permiso.
Estos son los requisitos si una persona desea aplicar:
- Tener al menos 25 años de edad.
- Certificado de prueba psicológica emitida por el Ministerio de Salud Pública.
- Certificado de destreza en manejo y uso del arma emitido por el Ministerio de Defensa.
- Certificado de haber superado el examen toxicológico emitido por el Ministerio de Salud.
- No tener sentencia ejecutoriada condenatoria por la comisión de un delito.
- No registrar antecedentes de violencia contra la mujer o algún miembro del núcleo familiar.
Este proceso de solicitud se realiza en línea por lo que deberá ingresar a este link: https://controlarmas.ccffaa.mil.ec/.
Allí deberá crear un usuario y contraseña. Luego, ingresar la solicitud y requisitos solicitados.
Recibirá un correo con la fecha en la que el ciudadanos deberá acudir al Centro de Control de Armas.
Si aprueba la solicitud, recibirá un nuevo correo para la entrega de la credencial del porte de armas.
Este trámite tiene un costo de $20 y tiene la vigencia de 5 años.
Antes de pagar, la persona deberá presentar factura y contrato de compra venta del comercio donde adquirió el arma.
Armas de uso civil para defensa personal
- Pistolas hasta el calibre 9mm, semiautomáticas, con alimentadores de hasta 10 proyectiles.
- Revólveres hasta el calibre 38.
- Escopetas recortadas del calibre 10 al 410 o sus equivalentes.
Asimismo, respecto a los aerosoles para defensa personal, el decreto autoriza el aerosol de gas pimienta cuyo porcentaje de concentración de capsaicina del producto sea igual o menor a 1.3 %, de un volumen no mayor a 120 ml y un alcance no mayor a 10 metros, de conformidad con el ordenamiento jurídico pertinente.
Por Nicole Proaño
Fuente: Metro Ecuador
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