Prórroga de 4 meses en créditos hipotecarios del Biess
Prórroga de 4 meses en créditos hipotecarios del Biess; 25 000 afiliados se beneficiarán
El Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) suma más presión a su situación financiera, ya que debe diferir las cuotas de los créditos hipotecarios que no se pagaron durante marzo, abril, mayo y junio de este 2020.
El Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) suma más presión a su situación financiera, ya que debe diferir las cuotas de los créditos hipotecarios que no se pagaron durante marzo, abril, mayo y junio de este 2020.
La medida fue dispuesta el pasado 6 de julio por el Consejo Directivo del IESS, mediante la resolución 603. La decisión se tomó para atender una disposición de la Ley de Apoyo Humanitario, la cual dio un plazo de 10 días, desde la vigencia de la norma, para que se emitan las políticas y acciones que permitan garantizar la suspensión y el refinanciamiento de las cuotas mensuales de los hipotecarios, basados en informes técnicos.
Las cuotas que no se pagaron entre los meses de marzo a junio, dice la resolución, se trasladarán al final de la tabla de pagos del crédito, en el mismo número de meses solicitado.
El beneficio se hará por solicitud del deudor que por la crisis sanitaria perdió su empleo o sufrió una reducción en su capacidad de pago.
Y la suspensión de pago de cuotas no generará intereses ni multas. El Biess aún no ha informado desde cuándo estarán activos el servicio, los requisitos y procesos que llevará el trámite.
No obstante Diego Burneo, gerente de la entidad, dijo ayer, en una entrevista televisiva, que se hará una diferenciación con aquellos clientes que han sacado hipotecarios años atrás y tienen cuotas impagas antes de la pandemia.
En estos casos, el banco actuará mediante coactivas. “Tenemos clientes que han sacado créditos hace uno o dos años y no los pagan. Eso no tiene que ver con la pandemia, no tiene que ver con la crisis última. A esas personas, una vez que la Ley Humanitaria nos lo permita, les empezaremos procesos coactivos de recuperación. No tenemos más tiempo”, sentenció Burneo.
Para ello, el Biess deberá esperar a que venza la suspensión de todos los procesos coactivos, que estipula la Ley de Apoyo Humanitario.
Esa norma ordenó a las instituciones públicas suspender estas acciones de cobro durante todo el tiempo que dure la emergencia sanitaria y por 180 días adicionales.
Hasta junio, la cartera de hipotecarios del banco sumaba más de USD 7 200 millones, de los cuales 78% tiene “irregularidad documental”, reveló Vinicio Troncoso, exgerente de la entidad, en su informe de final de gestión.
Antes de crisis causada por el covid-19, la morosidad ya alcanzaba el 10,31%, en parte, porque que no ha existido una gestión de cobro y un sistema contable confiable.
“Al menos 25 000 afiliados con hipotecas requerirán cambiar sus condiciones crediticias cuando se inicie la recuperación en el período poscrisis sanitaria”, acotó el exgerente Troncoso.
Para Patricia Borja, analista en seguridad social, sin los respaldos documentales será una tarea difícil proceder correctamente con las coactivas o mantener los diferimientos.
Borja añadió que también será un desafío garantizar la liquidez necesaria para cubrir las necesidades del IESS, como es el pago a pensionistas.
Morosidad del 50% en telefonía
Los efectos de la pandemia han derivado en un nivel de morosidad superior al 50% en el pago de servicios de telefonía móvil e Internet, dijo la Asociación Interamericana de Empresas de Telecomunicaciones (Asiet).
Las firmas tienen prohibido subir las tarifas por un año o cortar el servicio por falta de pago en la emergencia y hasta dos meses después.
Jorge Cevallos, director de la Asociación de Empresas de Telecomunicaciones (Asetel), cree que la suspensión de los cortes es un incentivo natural para que el usuario no se acerque a cancelar, incluso para aquellos que pueden hacerlo.
La cifra de mora es alta a pesar de que se abrieron ya los centros de atención para que los clientes se acerquen a cancelar.
Para el vocero de Asetel, esta situación rompe la cadena de pagos y pone en riesgo la conectividad del país con el resto del mundo por falta de pago a proveedores internacionales y locales, distribuidores y empleados.
La Asiet refiere que es fundamental seguir trabajando para garantizar el servicio, aliviar el pesado entorno fiscal y regulatorio; acuerdos para mantener la conectividad de la gente vulnerable. También hizo un llamado para que el usuario que pueda pagar sus facturas lo haga.
Prórroga en banca y cooperativas
Desde el 6 de julio, los socios de las cooperativas que tienen deudas ya pueden renegociar sus obligaciones, conforme lo establece la Ley de Apoyo Humanitario.
Para el efecto, la Junta de Política Monetaria emitió una resolución el pasado 2 de julio. El beneficio podrá empezar por iniciativa de la cooperativa o del deudor.
La medida aplicará durante el tiempo de vigencia del estado de excepción y hasta 60 días después. Las partes podrán acordar los nuevos montos y plazos.
Estas operaciones no generarán intereses por mora, contribuciones, recargos ni multas. Las entidades evaluarán la situación de cada socio, explicó Édgar Peñaherrera, presidente de la Asociación de Organismos de Integración del Sector Financiero Popular y Solidario.
La Junta emitió una resolución similar para los bancos privados, informó Marcos López, titular del ente. El texto aún no ha sido difundido. “Debemos esperar un poco para ver los efectos del diferimiento y revisar el comportamiento de los deudores y, según eso, ver si es necesario ajustar las normas”.
Sobre la revisión de tasas de interés, que también ordena la Ley Humanitaria, López no comentó cuándo se expediría la normativa.
5% de mora en seguros a abril
La Ley de Apoyo Humanitario establece que, durante el estado de excepción, las empresas de seguros generales y de vida reprogramarán el cobro de cuotas mensuales por estos servicios.
Terminado este período los valores serán pagados por los clientes en cuotas hasta un máximo de seis meses contados desde la fecha de terminación del estado de excepción por el covid-19.
La aplicación de la medida no implicará pérdida o suspensión de la cobertura de los seguros y beneficios. Además, la Ley establece que los montos no pagados se prorratearán para los meses de vigencia del contrato, sin que esto genere intereses de mora para los usuarios.
Esta suspensión no implica que sea una condonación de las obligaciones, salvo que exista un acuerdo entre la empresa y el usuario. La Federación Ecuatoriana de Empresas de Seguros (Fedeseg) advirtió que hasta abril de este año la cartera por cobrar, generada de las primas anuales, había crecido en el 35% en comparación al mismo mes del 2019.
Pese a ello, la cobertura de los contratos se mantuvo, en función de acuerdos alcanzados bilateralmente con los usuarios y por las disposiciones de las leyes sobre la materia, según ese gremio.
Tarifa de luz y agua no puede subir
La prohibición del incremento en tarifas de servicios básicos como agua y luz, incluyendo los de telecomunicaciones, comenzó a regir desde finales de junio con la entrada en vigor de la Ley de Apoyo Humanitario.
En la norma legal también se establece que no se podrán hacer cortes del servicio por no pago en el estado de excepción y hasta dos meses después. Para los usuarios del servicio eléctrico, la Función Judicial dictaminó también que se prohíbe el cobro del servicio de energía considerando el consumo promedio, en los meses de marzo, abril, mayo en todo el país.
Esta medida fue en respuesta a la acción presentada por Héctor Yépez, legislador de CREO en contra de la ex Agencia de Regulación y Control de Electricidad (Arconel).
La respuesta judicial llegó luego de las denuncias ciudadanas por valores cobrados en exceso en las planillas de electricidad. Si no existe discrepancia en los montos, el cliente puede solicitar facilidades en las empresas proveedoras de servicios para ponerse al día en las cuentas pendientes.
Específicamente, la Ley de Apoyo Humanitario establece que se puede cancelar estos valores hasta en 12 meses plazos sin intereses ni recargos por mora.
Fuente: El Comercio – Nota Original : LINK