USD 140 de multa para los miembros que no acudan
USD 140 de multa para los miembros de las Juntas Receptoras del Voto que no acudan
El Consejo Nacional Electoral (CNE) ya está notificando a los ciudadanos que han sido elegidos para ser miembros de las Juntas Receptoras del Voto (JRV) para las elecciones presidenciales y legislativas que se realizarán en Ecuador el 7 de febrero del 2021.
Diana Atamaint, presidenta del CNE, sostuvo que los escogidos como integrantes de las Juntas Receptoras del Voto deben asistir de forma obligatoria a la capacitación (presencial o virtual) a la que serán convocados.
De no asistir a las capacitaciones, de acuerdo con las sanciones previstas en el Código de la Democracia, habrá una sanción del 10% del Salario Básico Unificado (SBU); es decir $ 40.
Si no acude a formar parte de la JRV el día de las elecciones, la multa será del 15% del salario: $ 60. Quienes incumplan ambas cosas (no ir a la capacitación y no presentarse como miembro de la JRV) deberán cancelar ambas multas: $ 100.
La multa para los que no votan, sin justificación, también es del 40% del SBU, es decir, $ 40. El CNE recuerda que, al igual que en procesos electorales pasados, quien siendo miembro de la JRV no se capacita, no asiste a cumplir su deber y tampoco vota, deberá pagar multas por cada incumplimiento.
En resumen, si usted ha sido designado miembro de la JRV y -sin justificación- no acude a las capacitaciones, no asiste a la mesa electoral y no vota, la multa acumulada será $ 140.
Los miembros de las JRV no sólo verificarán el correcto desenvolvimiento del sufragio, sino que también harán el escrutinio de las papeletas.
Los miembros de una mesa electoral, titulares y suplentes, deben estar presentes en la instalación de la JRV antes de las 7:00 para que firmen su asistencia y el acta de instalación. Si los titulares de una mesa están completos, ellos asumen la conducción; si no lo están, los suplentes los reemplazarán en el orden establecido por el sorteo.
Desde este proceso electoral, además, los miembros de las JRV no podrán abandonar sus funciones sin justificación hasta que finalice el escrutinio y se suscriban los documentos electorales.
Si se comprueba esta falta, considerada una infracción electoral grave, la sanción va de 11 a 20 salarios básicos, destitución o suspensión de derechos políticos hasta dos años.
Nota Original: El Universo – LINK