Reformas al COIP regirán desde junio 2020
Las reformas al COIP regirán a partir de junio de 2020
Las reformas al Código Integral Penal (COIP) entrarán en vigencia el 21 de junio, así lo ordena la Disposición final del texto, aprobado el 17 de diciembre del 2019.
En junio se cumplirá el plazo de 180 días que dio la Asamblea para que las entidades creen las condiciones que permitan la aplicación de los nuevos artículos. Por ejemplo, la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero, junto con el Ministerio de Energía, debe elaborar una tabla con las cuatro escalas con las que se sancionará el contrabando de combustible.
En cada rango se debe especificar el tipo de sustancia (si es gas, líquida, etc.) y el peso. Solamente después de que se construya este instrumento, los jueces podrán condenar con las nuevas penas, que van de dos meces a cinco años de prisión.
La Asamblea tiene un plazo de 90 días para que elabore la normativa que permita a los gobiernos autónomos descentralizados regular la prohibición del consumo de drogas en los espacios públicos.
A través de esta reforma, las alcaldías podrán impedir el consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, siempre y cuando no se apliquen mecanismos que criminalicen el consumo.
La prórroga para que entren a regir las reformas al COIP empezó a correr a partir del 24 de diciembre del 2019, cuando se publicaron en el Registro Oficial. Desde esa fecha se toman en cuenta otros plazos.
Por ejemplo, la Función Judicial tiene 365 días para implementar una plataforma interconectada en la que se guarden los datos de las víctimas de delitos contra la mujer y la familia.
En esta plataforma deben registrarse las contravenciones, medidas de atención para las víctimas y los procedimientos aplicados. El Consejo de la Judicatura, por su parte, tiene un plazo de 365 días para determinar las responsabilidades de los funcionarios que tramitarán el nuevo juicio ‘expedito’ en casos de violencia contra la mujer.
Fuente: El Comercio, nota original: LINK